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Cooperativa de Servicios Múltiples
Alas Peruanas



www.coopalaspe.com.pe
 

Ahora Ud. y su familia están protegidos por el servicio de Previsión Social. Brindando la asistencia económica (SUBSIDIO) para Ud. o sus herederos.

   

El servicio de Previsión Social por fallecimiento, se crea y sustenta mediante la participación de los socios o sus herederos (que continúen en calidad de socios),a través de un aporte económico anual que es descontado o pagado a partir del mes de Enero de cada año hasta el mes de Diciembre del siguiente año.

Actualmente el Costo Total es de S/ 120.00 y es descontado en 12 cuotas de S/. 10.00, con lo cual quedan cubiertos los beneficios por fallecimiento desde el día de haber cumplido 180 días como socio.

   
¿ Cuáles son los Requisitos para solicitar el beneficio por fallecimiento ?
 
  1. Tener una antigüedad mínima de 180 días y haber cumplido con sus descuentos y obligaciones antes de ocurrido el deceso.
  2. Haberse inscrito como socio antes de cumplir los 61 años de edad.
  3. Efectuar el trámite dentro de los 180 días de ocurrido el deceso, el trámite y cobro es personal o con carta poder notarial especifica y DNI legalizado del apoderado.
  4. De existir dos o más familiares que soliciten el beneficio por una misma persona, cada uno presentará en forma individual su expediente con los requisitos que el reglamento exige.
  5. La apertura de la Carta Declaratoria por fallecimiento de socio, se hará a solicitud escrita y en presencia del cónyuge e hijos ó padres; acreditando el vínculo familiar mediante copia simple de la partida del fallecimiento o certificado de inscripción del RENIEC.
  6. En caso faltase o hubiese algún error en los nombres y/o apellidos consignados (partida de nacimiento, Matrimonio, Defunción ó DNI) se hará la rectificación del documento respectivo vía notarial o judicial.
  7. Presentar la documentación necesaria según el caso.
¿ Qué documentos deben de presentarse por el fallecimiento del Socio ?
 
  1. Acta o Partida de Defunción ORIGINAL
  2. Partida de Nacimiento actualizada expedida en un plazo no mayor a 3 meses (beneficiarios menores de edad) original o copia legalizada.
  3. Partida de Matrimonio civil actualizada expedida en un plazo no mayor a 3 meses (original o copia legalizada)
  4. Sucesión Intestada definitiva inscrita en los RRPP (en caso de no haber dejado Carta
    Declaratoria de Beneficiarios)
  5. Boleta de venta o recibo de gastos de funeraria o constancia del servicio funerario (original o copia legalizada)
  6. Boleta de venta o recibo de pago por derecho de nicho, tumba o constancia de cremación (original o copia legalizada)
  7. DNI del Socio en copia simple o certificado de inscripción del RENIEC.
  8. DNI de c/u de los beneficiarios (copias legalizadas)

Nota : Para los documentos legalizados adjuntar recibo de la notaria.

¿ Qué documentos deben de presentarse por el fallecimiento del Cónyuge ?
 
  1. Acta de Defunción ORIGINAL
  2. Partida de Matrimonio civil actualizada expedida en un plazo no mayor de 3 meses (original o copia legalizada)
  3. Recibo de gastos de funeraria o constancia del servicio funerario (original o copia legalizada)
  4. Boleta de venta o Recibo de pago por derecho de nicho, tumba o constancia de cremación (original o copia legalizada).
  5. DNI del Socio (copia legalizada)
  6. DNI del familiar fallecido en copia simple o certificado de inscripción en RENIEC.

Nota : Para los documentos legalizados adjuntar recibo de la notaria.

¿ Qué documentos deben de presentarse por el fallecimiento del Hijo ?
 
  1. Acta de Defunción ORIGINAL
  2. Partida de Nacimiento expedida en un plazo no mayor a 3 meses (original o copia legalizada)
  3. Boleta de venta ó recibo de gastos de funeraria ó constancia del servicio funerario (original o copia legalizada)
  4. Boleta de venta o Recibo de pago por derecho de nicho, tumba o constancia de cremación (original o copia legalizada)
  5. DNI del socio (copia legalizada)

En el caso del subsidio económico por fallecimiento de hijo, solo es valido para menores de 18 años, y si el deceso del hijo se produjo luego de nacido.

Nota : Para los documentos legalizados adjuntar recibo de la notaria.

¿ Qué documentos deben de presentarse por el fallecimiento de los padres ?
 
  1. Acta de Defunción ORIGINAL.
  2. Partida de Nacimiento del socio actualizada expedida en un plazo no mayor a 3 meses (original o copia legalizada.)
  3. Boleta de venta ó recibo de gastos de funeraria o constancia del servicio funerario (original o copia legalizada).
  4. Boleta de venta ó recibo de pago por derecho de nicho, tumba o constancia de cremación (original o copia legalizada).
  5. DNI del socio (copia legalizada).
  6. DNI del familiar fallecido en copia simple o certificado de inscripción del RENIEC.

Nota : Para los documentos legalizados adjuntar recibo de la notaria.

¿ Cuáles son las obligaciones del Socio ?
 
  1. Presentar la CARTA DECLARATORIA DE HEREDEROS, debidamente legalizada por el Notario Público, por ser un documento intangible y con valor absoluto para la cooperativa.
  2. Estar al día en sus obligaciones con la cooperativa, para obtener la totalidad del servicio de Previsión Social, caso contrario será calificado como socio no hábil, y se abonara por dicho servicio en proporción a los pagos efectuados.
  3. Cancelar la cuota anual de Previsión Social.
¿ Cuáles son los montos por Subsidio ?
 

El siguiente cuadro muestra los montos por Subsidio Económico, que corresponden al socio y/o herederos, por fallecimiento del:

PARENTESCO MONTO POR SUBSIDIO MONTO POR SUBSIDIO
(Hasta el 31/12/2012) (A partir del 2013)
Socio
S/. 2,820.00
S/. 5,500.00
Cónyuge
S/. 2,820.00
S/. 5,500.00
Hijos
S/. 2,820.00
S/. 5,500.00
Padres
S/. 1,410.00
S/. 2,750.00
  • El Beneficio le será abonado en un plazo de 45 días calendario contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
  • Si el socio no estuviese al día en sus pagos de previsión social, el Subsidio Económico a recibir será en forma proporcional a los pagos realizados.
  • Si el socio tuviera deudas morosas por descuentos u obligaciones con la Cooperativa, al momento de otorgarse el beneficio se procederá a deducir de la liquidación y se abonará a los rubros correspondientes.
  • El socio o beneficiarios cancelarán en forma obligatoria el saldo restante de la cuota anual de Previsión Social, para tener derecho a este servicio.
Descargar Carta Declaratoria Carta Declaratoria de Herederos